Domingo 24 de Noviembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 11:13,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

Menú principal

Aprobada reforma a Decreto Legislativo 385 Bis.

 

En sesión de trabajo, las y los diputados de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la LXIII Legislatura, aprobaron el dictamen para reformar el Decreto Legislativo número 385 BIS, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, a través del cual, se establecieron los Premios Estatales de Periodismo.

 

Por lo anterior, se define la categoría prevista en la fracción VII relativa al premio en Caricatura o Portada que no se encontraba definida, y finalmente se adicionan las modalidades o categorías referentes a los premios en Audio; Difusión de la Ciencia y Tecnología; Materia de Equidad de Género; Periodismo Regional; y Crónica Deportiva.

 

Luego de analizar, y discutir, se aprobó el dictamen de la iniciativa que tiene por objeto actualizar las disposiciones del Decreto 385 BIS, para garantizar, legitimar, transparentar y reforzar, la  imparcialidad y equidad del proceso y resolución, del Premio Estatal de Periodismo.

 

Además se plantea modificar la denominación de los premios que actualmente contempla el Decreto 385 BIS, para ser nombrado: “Premio Estatal de Periodismo”, por tratarse de un solo galardón, pero con diversas categorías a reconocer.

 

En el Artículo Primero, se busca asegurar la participación de todos los medios de comunicación masiva en sus distintos formatos, que difundan noticias de interés público y/o contenidos inherentes a la naturaleza de este certamen, siempre que se relacionen con acontecimientos y hechos del Estado de San Luis Potosí, en donde se preferirá en todo momento, el contenido de la comunicación sobre el medio por el cual se haya difundido.

 

También, en el Artículo Segundo, se aprobó por una parte, “eliminar la denominación que actualmente ostentan las distintas modalidades o categorías, esto en razón de que en la mayoría se hace referencia a personajes del sexo masculino, lo que de ninguna forma se justifica al no atenderse la perspectiva de género, resultando contrario a un enfoque de derechos humanos en relación con los derechos a la igualdad y no discriminación de las mujeres”.

 

Las y los integrantes de la Comisión de Transparencia del Congreso del Estado, coincidieron en señalar que se considera que en dicho concurso debe prevalecer la intención originaria del Poder Legislativo del Estado, ya que se trata de un certamen con carácter oficial al que las y los participantes se someten a la organización y reglas de éste, así como a la decisión del jurado y éste a su vez, es elegido por el Comité Organizador del concurso, Comité que se compone por representantes de instituciones públicas superiores en el Estado y se instalará a través de la Coordinación General de Comunicación Social del Poder Ejecutivo del Estado”.

 

Debido a lo expuesto, mediante la presente Iniciativa de reforma se pretende profesionalizar el concurso y eliminar vicios del pasado, para garantizar, legitimar, transparentar, reforzar la  imparcialidad y equidad al proceso y resolución de ganadores y ganadoras del Premio Estatal de Periodismo.

 

Se expuso que para modificar el Decreto que rige los Premios Estatales de Periodismo, son coincidentes en la necesidad que existe de actualizar sus disposiciones con el objeto de asegurar que el proceso para su otorgamiento en las distintas modalidades, se realice a la luz de la perspectiva de género y con enfoque de derechos humanos, esto con la finalidad de garantizar la participación y reconocimiento de las mujeres, tanto en la integración del Jurado, como en la postulación de candidaturas, además de la necesidad de ampliar las categorías a premiar, así como legitimar, transparentar y reforzar el proceso en cuanto a imparcialidad y equidad en su desahogo y resolución.

 

La iniciativa propone que el Premio Estatal de Periodismo se otorgará en las siguientes modalidades:

 

I.      Premio en Noticia: por la información periodística de gran relevancia en nuestro acontecer cotidiano.

II.     Premio en Fotografía: por la captación gráfica de un hecho o suceso histórico para nuestro estado.

 

III.   Premio en Reportaje: por el relato periodístico de interés informativo.

 

IV.    Premio en Crónica: por la mejor información interpretativa, informativa, narrativa y valorativa de hechos noticiosos del estado.

 

V.     Premio en Entrevista: al diálogo periodístico de mayor contenido, sentido social, político, cultural o económico.

 

VI.    Premio en Artículo de Fondo o Comentario: a la exposición de hechos o ideas de actualidad a través del juicio interpretativo, analítico y valorativo del periodista.

 

VII.   Premio en Caricatura o Portada: a la imagen que busca mostrar de manera cómica o ilustrativa de manera artística, una situación o acontecimiento relevante en el Estado.

 

VIII.  Premio en Publicación o Programa de Difusión Cultural: para las ediciones o producciones que promuevan y divulguen de manera sistemática y profunda nuestras raíces, valores y cultura.

 

IX.    Premio al Mérito Periodístico por Trayectoria o Profesionalismo Cotidiano: a quien por su labor en los medios de comunicación haya destacado, dignificando y ennobleciendo la labor del periodismo y que diariamente atienden sus fuentes y reportean en el lugar de los hechos.

 

X.     Premio en Video: a la grabación de imágenes que por su significado y desarrollo se traducen en testimonio fiel de nuestra historia.

 

XI.    Premio en Audio: a la reproducción auditiva que deje constancia de la emisión de un mensaje de gran importancia para nuestra memoria.

 

XII.   Premio Difusión de la Ciencia y Tecnología Potosina: a la labor periodística que contribuya en la promoción y divulgación de la ciencia y tecnología potosina.

 

XIII.  Premio en Materia de Equidad de Género: a la labor periodística que ha contribuido al empoderamiento de diversos géneros humanos, logrando una diversidad enriquecedora.

 

El dictamen será turnado al Pleno del Congreso del Estado para su análisis y votación.