Aprobada reforma a la Ley de Aguas del Estado.
Con el fin de que la Comisión del Agua cuente con mayor tiempo para realizar un análisis detallado de las iniciativas que presentan los organismos operadores de agua potable, en la conformación de sus propuestas de ley de cuotas y tarifas, el Pleno del Congreso del Estado aprobó modificaciones a la Ley de Aguas del Estado.
Por ello, se aprobó reformar la fracción III del artículo 96 de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, para modificar el plazo para que las juntas de gobierno de los organismos operadores de agua potable entreguen sus propuestas al Congreso, debiendo ser la fecha límite el quince de octubre de cada año, estableciendo como excepción aquellos años en los que se verifique el cambio de gobierno municipal, siendo en esos años el cinco de noviembre la fecha fatal para la presentación de propuestas.
La diputada Dolores Eliza García Román, presidenta de la Comisión del Agua en el Congreso del Estado, explicó que esto permitirá tener una ventaja en el análisis de las propuestas con un mayor tiempo para el análisis de los ajustes de las leyes de cuotas y tarifas de los organismos operadores de agua, y se determina el supuesto de los años en que los ayuntamientos deberán instalarse el día 1 de octubre del año de su elección, para ampliar la fecha hasta el 5 de noviembre.
Se indica que el Congreso del Estado, como responsable de analizar las propuestas de Leyes de cuotas y tarifas que presentan en forma anual las juntas de gobierno de los organismos operadores de agua potable, debe hacer un estudio minucioso de esas propuestas, de tal forma que, las resoluciones que a manera de dictamen se presenten ante el Pleno, cuenten con el sustento suficiente que garantice, por una parte, que las y los usuarios no sufran el efecto de los ajustes en su economía familiar; y por otra parte, que los organismos operadores puedan tener los recursos necesarios para llevar a cabo su función.
Por esa razón se modifica el plazo para que las juntas de gobierno entreguen sus propuestas al Congreso, debiendo ser la fecha límite el quince de octubre de cada año, estableciendo como excepción aquellos años en los que se verifique el cambio de gobierno municipal, siendo en esos años el cinco de noviembre la fecha fatal para la presentación de propuestas.