Sábado 23 de Noviembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 11:00,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Aprobada reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre.

 

A propuesta de la diputada Cinthia Verónica Segovia Colunga, el Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 91 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, para establecer que las comisiones de los ayuntamientos se reúnan por lo menos una vez al mes, que dichas reuniones de las comisiones sean públicas, y realicen comparecencias de los titulares de las dependencias municipales se lleven a cabo de manera trimestral.

 

Se indica que si bien es cierto la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, establece la integración, atribuciones y formalidades de las comisiones, en la mayoría de los municipios dichas comisiones, al no precisarse una temporalidad para que esos órganos se reúnan, no sesionan regularmente para trazar y observar una ruta de trabajo.

 

Por ello, al establecer la obligación de que las comisiones sesionen mensualmente y de manera pública, se garantiza, que verdaderamente se encuentren funcionando y además, que lo hagan de acuerdo al objeto de su integración: velar por una adecuada vigilancia de las áreas de la administración, así como la resolución de asuntos que les sean turnados.

 

Además, el hecho de que las comisiones deban sesionar y hacerlo de carácter público nos acerca cada vez más a un sistema de gobierno abierto, absolutamente transparente, en el que la ciudadanía desde cualquier lugar pueda percibir con inmediatez el actuar de sus representantes.

 

Esta reforma establece también que al menos trimestralmente comparezcan las o los titulares de las diferentes dependencias administrativas municipales, con el objeto de que informen sobre los asuntos concernientes a su área de trabajo.

 

Cabe destacar que el cabildo en su conjunto representa la mayor autoridad municipal, y que cada comisión tiene como objeto el vigilar cada uno de los rubros de la administración, por lo que una estrecha relación de comunicación y trabajo entre comisiones y órganos administrativos resultaría en una mayor eficiencia.

 

Se indica que si las comisiones están obligadas a estudiar, examinar y proponer ante cabildo los acuerdos, acciones o normas tendientes a mejorar la administración pública municipal, así como de vigilar e informar sobre los asuntos a su cargo, es imprescindible que cuenten con información suficiente, y esto solo se logrará mediante una dinámica de comparecencias con los titulares de cada área administrativa del municipio.