Aprobada reforma a Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
En sesión de trabajo, la Comisión de Justicia de la LXIII Legislatura, aprobó el dictamen con proyecto de Decreto que pretende modificar el Código Familiar para el Estado; así como la Ley de los Derechos de Niñas, Niños, y Adolescentes del Estado, para establecer disposiciones en las que se prohíba terminantemente el castigo corporal y humillante como método correctivo o disciplinario a niños, niñas o adolescentes.
Esta reforma fue presentada por los ciudadanos Elizabeth López Viñas, Karina Rangel Castilla, y Juan Pablo Martínez Zamarrón, donde se plantea reformar disposiciones de los artículos, 12, 268, y 293; y adicionar los artículos, 268 Bis, y 293 Bis, del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí.
Además, de reformar disposiciones de los artículos, 6°, 42, 43, 53, 92, 93, y 94; y adicionar el artículo 42 Bis, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, donde se pretende modificar el Código Familiar para el Estado; así como la Ley de los Derechos de Niñas, Niños, y Adolescentes del Estado, para establecer disposiciones en las que se prohíba terminantemente el castigo corporal y humillante como método correctivo o disciplinario a niños, niñas o adolescentes.
A propuesta del diputado Edmundo Azael Torrescano Medina, también se aprobó modificar el dictamen para reformar la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí, con el fin de crear una escuela para padres de familia para establecer una enseñanza sobre como corregir a las niñas, niños y adolescentes en el Estado y con ello, erradicar el castigo corporal.
Durante el análisis, y discusión de la iniciativa se refirió que “el problema de la violencia que vive la niñez, es una situación grave que afecta a más de 1.7 mil millones de niños y niñas en el mundo. A pesar de las acciones jurídicas que se han implementado, es urgente tomar conciencia respecto a que Niños, Niñas y Adolescentes continúan siendo víctimas de todo tipo de maltratos, ya sean físicos, cognitivos o psicosociales”.
Posteriormente se aprobó el dictamen de la iniciativa propuesta por el diputado Juan Francisco Aguilar, que pretende que al tratarse de delitos contra el ambiente, contra la gestión ambiental, y contra el desarrollo territorial sustentable, no proceda el perdón del ofendido; que éstos se persigan de oficio, o por la denuncia o querella presentada por la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental, el ayuntamiento, o el organismo operador de agua que tenga conocimiento por sí o por efectos de una denuncia popular.
Además, pretende que se considere la hipótesis, en el delito de ejercicio ilícito de las funciones públicas, a quien omita presentar la denuncia o querella que corresponda, dentro de los tres meses siguientes a que tenga conocimiento.
El dictamen plantea reformar los artículos, 104 en su párrafo último, 310, 311 en su párrafo segundo, y 323 en su fracción VIII; adicionar al artículo 323 una fracción, ésta como IX, por lo que actual IX pasa a ser fracción X; y derogar del artículo 305 el párrafo último del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
La sesión de trabajo estuvo encabezada por la presidenta de la Comisión de Justicia de la LXIII Legislatura, diputada Cinthia Verónica Segovia Colunga, el vicepresidente diputado Juan Francisco Aguilar Hernández, el secretario diputado Edmundo Azael Torrescano Medina, y las y los vocales Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, Nadia Esmeralda Ochoa Limón, Rubén Guajardo Barrera y Martha Patricia Aradillas Aradillas.