Miércoles 07 de Agosto 2024 San Luis Potosi, Hora Local 11:57,

LXIII LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

Menú principal

Asegurar presupuesto para acciones en Derechos Humanos

A propuesta de la diputada María Isabel González Tovar, el pleno de la LXII Legislatura aprobó un punto de acuerdo para exhortar a los 58 ayuntamientos y al Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí a que procuren la suficiencia presupuestaria, de acuerdo a su disponibilidad de recursos económicos, en la promoción, respeto y difusión de los derechos humanos, dentro de su Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal  2019.

 

Con este punto de acuerdo se busca garantizar a todos los habitantes del Estado de San Luis Potosí el respeto a los derechos humanos y su garantías, y para ello, se requiere que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias  implementen los mecanismos necesarios para erradicar y mitigar la violación a los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. 

 

En la justificación del punto de acuerdo aprobado se establece que para garantizar el cumplimiento de los derechos humanos en los tres niveles de Gobierno, de acuerdo en el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 7° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; los Municipios y el Estado en el ámbito de sus competencias deben ejecutar programas y acciones para salvaguardar los derechos humanos y sus garantías, y para ello se requiere que los gobiernos destinen una partida presupuestal en esta materia en acatamiento a los ordenamientos Constitucionales y los Tratados internacionales de los que México es parte.  

 

De igual forma, partiendo del Plan Estatal de Desarrollo 2015-2021, el Gobierno del Estado de San Luis Potosí pretende integrar, bajo los criterios de la planeación estratégica, el instrumento que servirá de guía para impulsar con anticipación el desarrollo de la sociedad, cumpliendo a cabalidad con el artículo 80, fracción IX, y el correlativo de la Ley de Planeación para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, en su artículo 11, coadyuvando en lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, en su artículo 16, fracción XIV.

 

Asimismo, no pasa desapercibido hacer mención que de acuerdo al artículo 115 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 114 fracción IV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, determina que los municipios pueden administrar libremente su hacienda, la cual formará parte de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de la contribuciones y otros ingresos.

 

En este sentido, los presupuestos de egresos de los municipios serán aprobados por los Ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles, por lo que, respetando la autonomía municipal, es importante que esta Legislatura exhorte a los 58 municipios y al Poder Ejecutivo de nuestra entidad con la finalidad de destinar una parte del presupuesto con el que cuentan para garantizar la protección de los derechos humanos de los potosinos; sostiene el punto de acuerdo.