Martes 13 de Agosto 2024 San Luis Potosi, Hora Local 16:13,

LXIII LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Incluir la Protección Civil y gestión integral de riesgo en rango constitucional

Como parte del compromiso que tiene el Congreso del Estado, para contribuir a salvaguardar la integridad, el patrimonio y la buena convivencia de los ciudadanos, la Presidenta de la Comisión Especial de Protección Civil, diputada Esther Angélica Martínez Cárdenas, presentó una iniciativa para elevar a rango Constitucional en el Estado de San Luis Potosí, la prestación de la Protección Civil y la gestión integral de riesgo.

 

Convocó a los integrantes de la LXI Legislatura, para que apoyen dicha iniciativa, pues destacó que su objetivo es incluir  a la protección civil y la gestión integral del riesgo como un servicio público municipal estipulado en la  Constitución Estatal, pues la prioridad es velar por la vida y el patrimonio de las familias Potosinas.

 

En este sentido, la diputada dijo “el desarrollo de nuestro Estado propicia el crecimiento urbano muchas veces desordenado, la explosión demográfica, la industrialización y el cambio climático que entre otras causas, son riesgos a los que cada día está expuesta la población, por lo tanto, la prestación de servicios públicos adecuados, integrales y eficaces debe ser la respuesta idónea de la autoridad municipal, y que dichos servicios correspondan a la medida de las necesidades primarias, esenciales, básicas y comunes que requiere la colectividad a la que gobiernan y que esta avecindada en su municipio” acotó.

 

Cárdenas Martínez, consideró que con esta iniciativa se busca además que en primera instancia cualquier situación vinculada con el tema de protección civil, sea atendida por los municipios, además de que de que el gobierno esté en posibilidades de planear y definir presupuestalmente, la prestación del mismo tanto para la prevención, el auxilio y la recuperación.

 

La diputada Esther Angélica, señaló “actualmente el Régimen Jurídico Municipal emana de diversos preceptos a lo largo de nuestra Constitución Política Local, en particular su artículo 114 menciona en forma enunciativa y no limitativa el tipo de servicios que mínimamente debe prestar la administración pública municipal, por medio de su ayuntamiento” agregó.

 

Por último, dijo que la protección civil ha sido, es y debe ser, una función esencial, prioritaria que debe prestar como servicio público, el Estado en sus tres niveles de gobierno, ya que el producto que genera esta materia es seguridad y protección a la vida, a los bienes y el entorno en que se desarrolla la población municipal. Lo anterior representa, fundamentalmente, el pleno ejercicio de los derechos y libertades de los gobernados en su convivencia cotidiana.