Iniciativa de reforma al Código Civil del Estado.
La diputada Cecilia Senllace Ochoa propuso una iniciativa para reformar los artículos, 1959, y 1982 del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí, para ampliar la protección en la compra-venta de un bien inmueble, ante vicios ocultos.
De esta manera, se propone ampliar la protección contra vicios ocultos, a dos años cuando se trate de un bien inmueble; y de seis meses cuando se trata de bienes muebles.
En su exposición de motivos, la legisladora señala que es preciso modificar el Código Civil del Estado, para hacer más efectiva y amplía la protección y tutela de los derechos de aquellos ciudadanos que realicen adquisiciones de bienes inmuebles, ya que los adquirientes a veces presentan inconformidades sobre el estado de las casas habitación, contra fraccionadores, constructores o promotores, al aparecer posteriormente vicios ocultos en las viviendas.
Señala que según el Código Civil, se requieren ciertos elementos para poder reclamar los vicios ocultos de la cosa enajenada, ya sea que se tenga un contrato traslativo de dominio celebrado o una simple compra-venta de bien inmueble. En tal sentido, los vicios ocultos solo pueden ser reclamados cuando se sustentan en contratos conmutativos, por ser éste tipo de contratos, un requisito esencial para la reclamación de los mismos.
Además, es importante que se establezca entre bienes muebles e inmuebles, dejando el tiempo de dos años para los reclamos de vicios ocultos para bienes inmuebles, con lo que se mejora la protección para el adquiriente y también se busca que los fraccionadores o constructores realicen una labor con ética profesional.
Y para el caso de los bienes muebles, se brinda un plazo de seis meses para los reclamos de vicios ocultos, dada su naturaleza de uso cotidiano.
La iniciativa se analiza al interior de la Comisión de Justicia.