Viernes 29 de Noviembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 13:12,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Iniciativa de reforma al Código Familiar del Estado.

 

El diputado Héctor Mauricio Ramírez Konishi, presentó ante el Pleno del Congreso del Estado, iniciativa que adiciona el artículo 250 BIS al Código Familiar del Estado.

 

La propuesta radica en dar por terminadas las brechas socio históricas que se han generado en materia de derechos humanos respecto de ciertos grupos, porque los derechos de los menores de edad, de ninguna manera deben depender de los actos que puedan o no realizar los padres ni tampoco del estado civil que estos guarden.

 

Ramírez Konishi dijo que la iniciativa busca resolver, cuando dentro del concubinato, ante el fallecimiento del padre, antes de que pueda llevarse a cabo el registro o reconocimiento de los hijos o hijas, no se puede realizar de manera inmediata la inscripción de los datos particulares del padre y así establecer la filiación, aun y cuando los concubinos hubiesen registrado con anterioridad a un hijo de ambos.

 

Esto implica que el último hijo de la relación de concubinato no podrá llevar los apellidos del padre, ya que la ley solo contempla la posibilidad en caso de matrimonio. Esta situación viola los principios de Interés superior del menor; igualdad de derechos; la no discriminación por cualquier causa; el reconocimiento de la personalidad jurídica a partir del nombre; el principio de interpretación pro-persona; entre otros, así como la determinación de que la familia es la base de la sociedad, sin importar cómo esté conformada.

 

Por lo que se propone la adición de un artículo “Bis” que contenga disposiciones tendientes a garantizar y regular tanto las condiciones como los mecanismos para realizar el registro o reconocimiento de hijas o hijos nacidos en concubinato, en caso de fallecimiento, desaparición o declaración de ausencia del padre antes de poder acudir a registrar o reconocer.

 

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis y posteriormente ser enviada al Pleno del Congreso del Estado para su discusión y en su caso ser votada.