Iniciativa de reforma a Ley de Trabajadores del Estado.
La diputada Gabriela Martínez Lárraga presentó una iniciativa de reforma al artículo 5° Bis la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado, para incluir el concepto de violencia y acoso laboral, con perspectiva de género y adicionar el artículo 6° Bis para que las instituciones públicas integren un mecanismo de acción para erradicar la violencia y acoso laborales.
De esta manera, el artículo quinto bis establecería que el acoso sexual es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.
El hostigamiento es ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas; la violencia y acoso laboral es el conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género.
La violencia y acoso por razón de género es la violencia y el acoso que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual.
En el 6º Bis se establece que todas las instituciones públicas de gobierno, los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, los municipios, organismo públicos descentralizados, órganos jurisdiccionales, tribunales constitucionalmente autónomos, y empresas de participación estatal y municipal, deberán de adoptar de conformidad con su organización interna y en consulta con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, un enfoque inclusivo, integrado y que tenga en cuenta las consideraciones de género para prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
Este enfoque deberá tener en cuenta la violencia y el acoso que impliquen a terceros, cuando proceda, y consiste en particular en: prohibir legalmente la violencia y el acoso al interior de sus instituciones; velar porque las políticas laborales aborden la erradicación y prohibición de la violencia y el acoso; la adopción de estrategias integrales para con el objetivo de aplicar medidas para prevenir y combatir la violencia y el acoso con perspectiva de género; en el establecimiento de mecanismos de control para la aplicación y seguimiento o en su caso del fortalecimiento de los mecanismos ya existentes-
Velar porque las personas trabajadoras que pudieran ser víctimas o que sean víctimas reconocidas por el Estado, tengan el acceso a recursos de protección y reparación, y toda aquella medida de protección para el cese inmediato de la vulneración; sanciones; el desarrollo de herramientas, orientaciones, y actividades de educación y de formación, así como actividades de sensibilización, en forma accesible; la garantía de medios de inspección e investigación efectivos de los casos de violencia y acoso, incluyendo a través de la inspección del trabajo o de otros organismos competentes.
La Organización Internacional del Trabajo es un organismo internacional de Naciones Unidas, que funciona como una agencia tripartita ya que reúne a los gobiernos, a los empleadores y a los trabajadores de los países que son miembros, y su función es establecer las normas de trabajo, formular políticas, mejorar la protección social y elaborar programas promoviendo el trabajo decente de todas las personas, sea en el ámbito público como en el sector privado.
Debe de comprenderse que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo afectan la salud psicológica, física y sexual de las personas, a su dignidad, y a su entorno familiar como social. También afectan la calidad de los servicios públicos como privados, y pueden impedir que las personas en particular las mujeres, accedan al mercado del trabajo, permanezcan en él o progresen profesionalmente.
La iniciativa de la diputada Gabriela Martínez Lárraga se turnó a las comisiones para su análisis y dictamen correspondiente.