Lunes 12 de Agosto 2024 San Luis Potosi, Hora Local 18:18,

LXIII LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Instituciones obligadas a responder por recomendaciones de D. H.

La diputada María Rebeca Terán Guevara presentó una iniciativa de reforma para que sea obligación de los servidores responder las recomendaciones que les presente la institución a la que legalmente le competa la vigilancia y defensa de los derechos humanos, y en el supuesto de que se decida no aceptar las recomendaciones, deberá hacer pública su negativa, fundándola y motivándola en términos de lo dispuesto por el Apartado B del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del artículo 114 del Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Además, para abstenerse de omitir, retardar o simular con documentos o evidencias, el cumplimiento de las recomendaciones o medidas precautorias aceptadas, según los términos y condiciones que señale la institución a la que legalmente le competa la vigilancia y defensa de los derechos humanos.

Lo anterior porque actualmente no existe medio de sanción para los servidores públicos que faltan a la obligación de fundar, motivar y hacer pública la no aceptación de una recomendación, así como el ser omiso o simular acciones o documentos con los que se pretenda dar cumplimientos a los puntos recomendatorios de una resolución que la Comisión Estatal de Derechos Humanos emita en contra de alguna autoridad o servidor público, y lo cual es una obligación enunciada por la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por ello, Terán Guevara presentó una iniciativa de reforma al artículo 56 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipíos de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer las obligaciones para los servidores públicos en materia de derechos humanos mencionadas.

En la exposición de motivos de la iniciativa presentada se señala que la cuestión de los derechos humanos es vital hoy en día para la ciencia jurídica, debe reconocerse el desarrollo, logrado de manera paulatina en los últimos años, de las ramas del derecho que se encargan de estudiar los medios de protección, tanto en el ámbito nacional como internacional, de los derechos reconocidos en tratados internacionales, los cuales en conjunto, constituyen el derecho internacional de los derechos humanos.

No se puede concebir un Estado en el que su gobierno permita la violación frecuente y sistemática de los derechos inherentes a cualquier persona, y en especial de sus ciudadanos.

Por ello, al entrar a un análisis detallado de los informes de la actual administración, encontramos que uno de los obstáculo con el que se encuentra dicha Comisión, es que algunos servidores públicos al no aceptar las recomendaciones dejan de cumplir con lo mandatado en el segundo párrafo del apartado B del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del artículo 114 del Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

La iniciativa de Terán Guevara se analiza en las comisiones de Gobernación; Justicia; y Derechos Humanos, Equidad y Género del Congreso del Estado.