Poder Legislativo contará con software "Mensajería del Congreso"
Para disminuir el consumo de papel, así como de discos compactos, en que se presentan iniciativas y dictámenes, el Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad lasadecuaciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, para implementar el software denominado Mensajería del Congreso.
Se indica que el Sistema de Mensajería del Congreso, el cual tendrá compatibilidad con los dispositivos móviles, computadoras, y tabletas, entre otras; éste se empleará como herramienta de trabajo en el Congreso del Estado, con lo que se busca contar con una reducción considerable en los gastos que se generan por la compra del material de oficina; e innovación tecnológica.
Se indica que a través del Sistema de Mensajería del Congreso se podrán enviar los citatorios correspondientes para notificar a las diputadas y los diputados, así como al personal del Congreso, sobre las reuniones de Pleno, de la Diputación Permanente; reuniones de comisiones, comités, así como cualquier otra actividad oficial de los órganos precitados; presentar iniciativas, conforme las formalidades que establecen, la Constitución; la presente Ley; el Reglamento, y demás ordenamientos aplicables; publicar la Gaceta Parlamentaria; las iniciativas; los puntos de acuerdo, así como los decretos y acuerdos aprobados, y registrar la asistencia de las diputadas y los diputados a las sesiones del Pleno.
En el caso de las iniciativas ciudadanas, la presentación con las formalidades que sea por escrito, y en dispositivo de datos.
El Decreto establece la reforma los artículos, 67 en su fracción X, y 131 en su párrafo primero; y adiciona, a los artículos, 67 una fracción, ésta como XI, por lo que actual XI pasa a ser fracción XII, y 131 el párrafo sexto, y en el Título Décimo el Capítulo VII “Del Software Incrustado Denominado Sistema de Mensajería del Congreso” con los artículos, 146, 147, y 148 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí. Reforma los artículos, 61, 67 en su fracción I, 75, 76, 117, 123, 146, 151, 157 en sus párrafos, primero, y quinto, 183 en sus fracciones, III, V, XIII, y XIV, 186 en su fracción I, y 189 en su párrafo primero, en su fracción III, y en su ahora párrafo sexto; y adiciona a los artículos, 183 la fracción XV, y 189 una fracción, ésta como IV, por lo que actual IV pasa a ser fracción V del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí
Otros dictámenes
Se aprobó por unanimidad la reforma el artículo 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, para establecer concordancia con la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, que prevé en sus numerales, 97, y 102, el derecho al haber de retiro para las personas titulares de magistraturas, y juzgados, por lo que, con esta reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, específicamente al párrafo primero del numeral 9°; se armoniza con los mandamientos constitucionales estatales, porque donde hay una misma disposición, debe generarse la misma conclusión.
No pasa desapercibido que conforme a lo dispuesto por los numerales, 19 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios de San Luis Potosí y 16 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios se requiere acompañar la evaluación del impacto presupuestario que en su caso se genere por la reforma que se propone, en el caso que nos ocupa, en el año que transcurre son once personas las que se encuentran en la hipótesis de la jubilación, por lo que el gasto que se erogaría es de $ 11’900,000.00 (once millones novecientos mil pesos 00/100 M.N), el cual habrá de ser validado por el Ejecutivo del Estado.
De esta manera, se establece que “El haber por retiro a que se refieren los artículos, 97, y 102, de la Constitución Política del Estado, consiste en un único pago equivalente a un año de salario, sin perjuicio del pago de aguinaldo y vacaciones proporcionales que correspondan. Este pago se cubrirá con base en el último salario percibido, cuando la Magistrada o el Magistrado; la Juez o el Juez:
I. No haya sido ratificada o ratificado en el cargo;
II. Cuando la Magistrada o Magistrado se retire del desempeño del cargo por haber cumplido quince años en el mismo, o bien, cualquiera de ellos haya cumplido setenta y tres años de edad;
III. Padezca incapacidad física o mental permanente para el desempeño de su cargo, o
IV. Se retire del desempeño del cargo por haber cumplido los años de servicio y proceda su jubilación, en términos de lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potosí
En su primer artículo transitorio, indica que el Decreto entrará en vigor el uno de enero de dos mil veintitrés, previa su publicación en el Periódico Oficial del Estado "Plan de San Luis”, tratándose de las y los jueces que estén en la hipótesis del retiro, se deberá hacer la represupuestación correspondiente.
También se aprobó por unanimidad la reforma el artículo 55 en su fracción II de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, para establecer el cese del trabajador, cuando tenga más de tres faltas de asistencia en un periodo de treinta días, sin permiso por escrito del titular de su área de trabajo o sin causa justificada.
La reforma elimina la posibilidad de que duchas faltas sean consecutivas en un periodo de treinta días, toda vez que resulta excesivo que la causal opere en esos términos generando que se especulará en su caso con las inasistencias. Con base a ello, lo conducente es equiparar la hipótesis referida en los términos de la fracción X del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, que prevé como causal de rescisión de un trabajador la consecución de más de tres faltas de asistencia en un periodo de treinta días.
Se aprobó por unanimidad el decreto que adiciona párrafo último al artículo 119 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, en lo referente a la identificación detallada del domicilio para notificaciones, tales como tipo de vialidad, si es carretera, avenida, calle, cerrada, andador; nombre oficial de la vialidad, numero exterior, numero interior, tipo de asentamiento humano, si es colonia, privada, fraccionamiento y código postal de conformidad con las asignaciones del Servicio Postal Mexicano y datos complementarios de la ubicación, la cual se refiere a otorgar con más detalle datos que contribuyan a determinar un domicilio, tales como entre que vialidades se encuentra el domicilio señalado para el efecto y la descripción de la ubicación, haciendo con ello más eficiente la labor del actuario.
Se aprobó por unanimidad el Decreto que reforma los artículos, 4° en su fracción III el inciso i), 51 en su fracción VIII, y 53 en su fracción VII; y adiciona, a los artículos, 4° en su fracción III el inciso j), el artículo 50 BIS, 51 una fracción, ésta como IX, por lo que actual IX pasa a ser fracción X, y 53 una fracción, ésta como VIII, por lo que actual VIII pasa a ser fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, para ampliar las competencias, y precisar la denominación del Juzgado Especializado en Órdenes de Protección de Emergencia y Preventivas en favor de las Mujeres y de Procedimientos no Controvertidos, del Primer Distrito Judicial.
Con ello, se armoniza la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, con la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado, homologando además los acuerdos publicados por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, garantizando las facultades tanto a los jueces de primera instancia, y familiares; además de precisar las correspondientes al Juzgado Especializado, encargado de expedir las órdenes de protección.
Por unanimidad, se aprobó la reforma los artículos, 109 en su fracción IV, y 175 en su párrafo primero; y adiciona el artículo 175 Bis de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, para que los municipios con la participación de Gobierno del Estado impulsen programas de concientización y organización ciudadana vecinal para promover la cultura, educación y capacitación ambientales, con la intención de eliminar el uso de envases, cucharas, cuchillos, tenedores, popotes y desechables todos de plástico, así como desechables de unicel.
También se establece que cualquier persona y autoridad presenten denuncias o querellas en materia de delitos del medio ambiente, puesto que con anterioridad solamente lo podía hacer la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental; y se establece que la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental proporcionará a la Fiscalía General del Estado o a la autoridad judicial, los dictámenes técnicos que le soliciten, en relación con los delitos ambientales que prevé el Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
Y reforma los artículos, 305 en su párrafo último, y 310 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para que cualquier persona o autoridad pueda presentas denuncias o querellas en el caso de los delitos ambientales que prevé dicho Conjunto Normativo.
Punto de Acuerdo.
Por unanimidad, se aprobó el Punto de Acuerdo por el que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado exhorta, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, investigar, sancionar y reparar daño ecológico y al medio ambiente que ocasiona el municipio de San Felipe Orizatlán, Hidalgo con descargas de sus aguas negras durante años al río San Pedro que va a dar al municipio de San Martín Chalchicuautla, y que provoca contaminación de sus aguas, afectación a salud de personas, e imposibilidad de que dichas corrientes puedan ser utilizadas para agricultura y ganadería de la región.
Asimismo, al Congreso de Hidalgo; a la Secretaría de Ecología o equivalente de esa entidad; y al ayuntamiento de San Felipe Orizatlán, tomar acciones necesarias para evitar que se sigan descargando aguas negras a las corrientes de dicho afluente y, así, eliminar contaminación de sus aguas y arroyos en la huasteca potosina.
Por unanimidad, se aprobó el Informe financiero del Honorable Congreso del Estado, de abril.
Diputación Permanente.
Se aprobó por mayoría de 24 votos a favor y 1 en contra, el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política referente a propuesta para elegir a la Diputación Permanente que ha de funcionar durante el receso del Congreso, lapso 30 junio-14 septiembre 2022.
De esta manera, la Diputación Permanente quedó integrada por las legisladoras y los legisladores:
Presidenta: Dip. Yolanda Josefina Cepeda Echavarrìa.
Vicepresidente: Dip. Edgar Alejandro Anaya Escobedo.
Secretaria: Ma. Elena Ramírez Ramírez.
Primera Vocal: Dip. Lidia Nallely Vargas Hernández.
Segunda Vocal: Dip. Dip. Emma Idalia Saldaña Guerrero.
Suplentes: Dip. Salvador Isais Rodrìguez y Dip. Bernarda Reyes Hernández.
A las comisiones legislativas, se turnó la correspondencia enviada por ente autónomo; ayuntamientos y organismo paramunicipal; el Poder Judicial; y Poderes de otras entidades del país; además de las iniciativas planteadas por las legisladoras y los legisladores integrantes de la LXIII Legislatura.
Se presentaron Discursos alusivos al Día Internacional del Orgullo LGBTTTIQA+ el 28 de junio, por parte del diputado Eloy Franklin Sarabia; así como para la Conmemoración de la primera vez que la mujer mexicana emite su voto, el 3 de julio de 1955, por las diputadas Gabriela Martìnez Làrraga, Ma. Elena Ramìrez Ramìrez, Emma Saldaña Guerrero, Cinthia Segovia Colunga, Yolanda Josefina Cepeda Echavarría, Lidia Vargas Hernàndez y Patricia Aradillas Aradillas.
A propuesta del Diputado Ramón Torres García, se brindó un minuto de silencio por los 51 migrantes, 27 mexicanos, que perdieron la vida en un remolque en el estado de Texas.
En Asuntos Generales, participaron el diputado Mauricio Ramírez Konishi, y las diputadas Bernarda Reyes Hernández y Gabriela Martínez Lárraga, sobre diversos temas.
Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria, mañana jueves 30 de junio de 2022, a las 11:00 horas en el salón “Ponciano Arriaga Leija”, de Jardín Hidalgo 19.