Miércoles 11 de Septiembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 02:10,

LXIII LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Sesiones Públicas contarán con intérpretes de lengua de señas

En sesión ordinaria el pleno de la LXII Legislatura aprobó por unanimidad adicionar el artículo 40 BIS a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer que todas las sesiones del pleno, con excepción de las privadas, se deberán interpretar simultáneamente a lengua de señas mexicanas.

 

Además, que las transmisiones que se realizan por los medios digitales del Congreso del Estado, deberán incluir a medida de las posibilidades técnicas y presupuestales, la lengua de señas mexicanas.

 

Con esta reforma se protege y asegura el goce pleno y en condiciones de igualdad de los derechos humanos de las personas con discapacidad auditiva, y se evita discriminarlas, en apego a lo establecido por el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,  y observancia a lo dispuesto en la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y además se facilita reciban la información en igualdad de condiciones con las demás.

 

Se aprobó por unanimidad un punto de acuerdo para exhortar al titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, Comisario C. Jaime   Ernesto   Pineda  Arteaga, a fin  de  que haga llegar  a  este Honorable Congreso,   un informe   de dicho  estudio  técnico necesario  para  la revisión, actualización y  fijación    de  los  tabuladores del personal de la dependencia a su cargo.

 

Debido a que venció el  término   otorgado  en  la  Ley  del  Sistema   de  Seguridad   Pública   del Estado, para   presentar    los   estudios    técnicos    para   la  actualización     de   los tabuladores correspondientes    a sueldos     y    prestaciones       ordinarias y extraordinarias para   los   integrantes    de   los  Cuerpos   de  Seguridad    Pública. Tabuladores que deben  aclarar   con  exactitud   el monto   de  las  remuneraciones que  deben  percibir   dichos   servidores   públicos   de  acuerdo   al  riesgo  que  tiene su actividad.

 

En estos tabuladores se deben  tomar en consideración el  otorgamiento  de bonos   y  demás   prestaciones    tal  y  como   se  otorgan  a  los  trabajadores    de base,  del  Gobierno   del  Estado,   para  que  con  ello  se  dé  debido  cumplimiento al Considerando Quinto de   la   Ley  del   Sistema    de   Seguridad    Pública    del Estado.  Así  como el otorgamiento de seguro  de gastos médicos  para  familias y/o beneficiarios de  los  elementos de  los Cuerpos  de  Seguridad   Publica,  al igual  que  lo reciben  el personal   de  base  de Gobierno   del  Estado.  Acorde a lo establecido en el Considerando en cita.   Esto  con  la  finalidad   de  que  dichos elementos,  por  la Función   tan  importante    que desempeñan,  para  con  toda  la ciudadanía, tengan   certeza  que su remuneración,  es equitativa.

 

Fue aprobado por mayoría, con 21 votos a favor y 2 en contra,  un punto de acuerdo para que el 2 de junio, Día Estatal de la Lucha contra los Trastornos de la Conducta Alimentaria, se invite a la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado y a la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, unirse a esta Soberanía en campaña  de difusión por medio de sus redes sociales, con información concreta y útil para concientizar sobre este padecimiento y sus consecuencias.

 

Se aprobó por mayoría, con 20 votos a  favor y 1 en contra, reformar el artículo 167 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí para precisar las obligaciones disciplinarias, y en su caso, que él o la legisladora que presida el Congreso es quien tiene la obligación de sancionar las infracciones disciplinarias.

 

Fue aprobado por unanimidad reformar disposiciones contenidas en los artículos 21, 37, 109 y 138 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, ya que al no estar prevista la protección constitucional, resultan desfasadas, y en consecuencia inaplicables las disposiciones que establezcan competencias o procedimientos relativos a la declaración de procedencia.

 

Al haberse reformado disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se eliminó "el privilegio procesal conocido como fuero constitucional, respecto a la inmunidad de todos los servidores públicos, y no solamente respecto de los diputados, que no era otra cosa más que la protección de carácter procesal en materia penal que los eximía de ser detenidos, procesados o juzgados, por su probable responsabilidad en la comisión de un delito; dejando a salvo la inviolabilidad de los diputados respecto de las manifestaciones que hagan en el desempeño de su encargo".

 

Se aprobó por mayoría, con 22 votos a favor 1 abstención, reformar el artículo 77 de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potosí, a fin de darle legalidad, certeza y seguridad jurídica a su contenido.

 

Con estos ajustes se le proporciona razonabilidad y objetividad sustantiva a los alcances y fines de estas disposiciones normativas, para que en el terreno de hechos su contenido permita un mejor funcionamiento y aprovechamiento de los intereses y propósitos que se protegen y garantizan con su vigencia.    

 

Se aprobó por mayoría, con 19 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención, reformar el artículo 79 de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, con el propósito de conocer el plan de trabajo anual que tengan los organismos operadores de agua, así como sus estrategias para lograr prestar un servicio eficiente y eficaz, que les ayude a tomar las decisiones adecuadas para la actualización de las cuotas y tarifas, y de transparentar este proceso.

 

Con esta reforma se establecerá que cuando no hubiere organismo operador, los ayuntamientos deberán presentar al Congreso dentro de su proyecto de ley de ingresos de cada ejercicio fiscal, la propuesta de cuotas y tarifas para el servicio de agua, alcantarillado y saneamiento; y cuando lo hubiere, presentar en forma de iniciativa, la propuesta de cuotas y tarifas que le remita el organismo operador, respetando la estructura y montos propuestos. Tratándose de organismos operadores intermunicipales, la presentación al Congreso correrá a cargo del ayuntamiento cuyo municipio cuente con el mayor número de habitantes.

 

La iniciativa de propuesta de cuotas y tarifas presentada por los ayuntamientos, deberá incluir como justificación un plan de trabajo anual, que priorice la eficacia y la eficiencia para la mejora en la calidad de la prestación de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario, alcantarillado pluvial, tratamiento y disposición de aguas residuales.

 

Se aprobó por unanimidad reformar el artículo 8º de la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí, para eliminar el Impuesto Estatal sobre la Tenencia o Uso de Vehículos, que fue derogado en el mes de septiembre de 2014 y que entró en vigencia en el ejercicio fiscal 2015.

 

Debido a que este artículo aún sigue mencionando en su redacción dicho impuesto derogado por lo que es viable su eliminación completa de la denominación.

 

Fue aprobado por unanimidad adicionar un último párrafo al artículo 38 de la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer que la autoridad competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento.

 

Debido a que a la Suprema Corte de Justicia para la Nación se ha pronunciado imperativamente al declarar inconstitucional el cobro del trámite consistente en el registro del nacimiento y la emisión de la primera copia certificada del acta de nacimiento, esto por violar el derecho a la gratuidad y la identidad de los menores contraviniendo lo dispuesto por el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Para esta Soberanía es importante mantener armonizado nuestro cuerpo normativo en relación a la gratuidad de la primera acta de registro de nacimiento.

 

Se aprobó por unanimidad reformar la Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, para incorporar  al Instituto de las Mujeres del Estado; y al Instituto Potosino de la Juventud, a través de sus titulares, quienes fungirían como vocales del Sistema Estatal de Desarrollo Social, lo que permitirá su participación y, con ello, tener un diagnóstico oportuno y la generación de propuestas desde sus respectivas áreas de competencia y atención, enriqueciendo la coordinación interinstitucional y la aplicación de políticas públicas de desarrollo social en nuestra entidad.

 

Se aprobó por mayoría, con 20 votos a  favor 1 en contra, reformar la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, para  precisar la denominación correcta de la vigente Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de San Luis Potosí.

 

Además, de precisar conceptos como Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción; Sistema Estatal de Servidores Públicos y Particulares Sancionados de la Plataforma Digital Estatal, e invocar la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí.

 

Se votó en contra, con 2 votos a favor y 18 en contra, reformar el numeral 36 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, que buscaba fijar el tiempo de descanso antes y después del parto para las mujeres embarazadas en semanas, ya que está determinado en meses.

 

Fueron aprobados los dictámenes que desecharon por improcedentes iniciativa turno número 6483, de la Sexagésima Primera Legislatura.  Iniciativa turno número 3733, de la Sexagésima Primera Legislatura. Iniciativas turnos números: 3686; 4840; y 5062, de la Sexagésima Primera Legislatura. Y el asunto turno número 594, de esta Sexagésima Segunda Legislatura.

 

En la sesión ordinaria también se turnó a las comisiones legislativas respectivas diversa correspondencia enviada por Poder Legislativo; demás Poderes del Estado; ente paraestatal; ayuntamientos y organismos paramunicipales; Poder Federal; Poderes de otras entidades del país; Particulares e Iniciativas.

 

En asuntos generales participaron, por separado y en la Tribuna Legislativa, las diputadas y diputados José Antonio Zapata Meraz, Rolando Hervert Lara, Alejandra Valdés Martínez, Marite Hernández Correa, Edgardo Hernández Contreras y Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez para desarrollar diversos tópicos.

 

Agotados los asuntos agendados la presidenta de la Directiva, diputada Sonia Mendoza Díaz, citó al pleno de la LXII Legislatura a sesiones solemne y ordinaria a partir de las 10 horas del martes 4 de junio del año 2019 en el salón “Ponciano Arriaga Leija” ubicado en la sede del Congreso del Estado de Jardín Hidalgo número 19.