Lunes 12 de Agosto 2024 San Luis Potosi, Hora Local 20:01,

LXIII LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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SLP cuenta con legislación actualizada para protección a las mujeres

El pleno de la LXI Legislatura aprobó por unanimidad expedir la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, que incluye la armonización con las disposiciones constitucionales en relación con los derechos humanos de las mujeres.

En ese marco de armonización, en esta Ley se incluye el concepto de acciones afirmativas para considerar su aplicación temporal cuando se requiera; así como la definición de violencia contra los derechos reproductivos y violencia obstétrica; violencia social, violencia de las instituciones públicas, y violencia mediática.

Se incluyen también acciones para erradicar todas las formas de violencia en nuestra sociedad, especialmente la que afecta gravemente a las mujeres, a fin de que logren alcanzar un desarrollo humano acorde a su dignidad y alto valor personal en igualdad, libertad y armonía para sus objetivos de vida.

Además, se armoniza con las reformas y adecuaciones de que ha sido objeto la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la inclusión del enfoque de género en las políticas públicas de los estados, con el propósito de lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, y garantizar en este caso el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en los ámbitos público y privado.

Se integran al Sistema Estatal para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas; el Centro de Atención Integral a Víctimas; y el Centro de Justicia para las Mujeres, con la intención de fortalecer la transversalización de políticas públicas para este sector de la población.

En la exposición de motivos de esta iniciativa se indica que conforme a la última encuesta del INEGI, 62.7% de las mujeres de 15 años o más han padecido, al menos, un incidente de violencia en cualquier ámbito y momento de su vida. Los actos de violencia en contra de las mujeres provienen de diversos sujetos con quienes establecen relaciones, desde los más cercanos como la pareja y familiares, personas no tan cercanas como directivos o compañeros de trabajo, autoridades y personal de los centros o instituciones educativas, hasta desconocidos.

Por ello, existe el compromiso del Estado Mexicano de adoptar políticas públicas y medidas legislativas de acción afirmativa necesarias para eliminar disposiciones legales y otro tipo de obstáculos, valores y prácticas sociales que discriminen a las mujeres y a las niñas, o que reproducen situaciones de desigualdad o marginación.

En consecuencia de lo anterior y con la finalidad de contar con información fiable en la materia, se instituye el Banco Estatal de Información sobre la Violencia contra las Mujeres como un instrumento de carácter estratégico, para el acopio, sistematización y análisis de información documental, técnica, de investigación, y especialmente estadística, que provea al Sistema de elementos e indicadores para medir y evaluar la magnitud de la violencia contra las mujeres y los avances que se generen en materia de prevención, sanción y erradicación de la misma, así como proponer la reorientación de políticas públicas en la materia a las dependencias, entidades e instituciones que las apliquen en el Estado y los municipios.