Viernes 29 de Noviembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 18:27,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Iniciativa para sancionar la violencia vicaria.

 

La diputada Gabriela Martínez Lárraga, presentó iniciativa que propone adicionar un capítulo III Ter, un artículo 142 quater para el Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de tipificar y sancionar penalmente la violencia vicaria.

 

La iniciativa surge de una propuesta presentada en el Segundo Parlamento de Mujeres y acompañada por la colectiva del Frente Nacional de Violencia Vicaria, quienes son un grupo de madres que han atravesado probablemente una de las situaciones más dolorosas que una persona puede experimentar, que es la separación injusta de sus hijos e hijas.

 

La diputada explicó que, la violencia vicaria es un tipo de violencia en contra mujer que ejerce el hombre a través de diversas acciones y utilizando como medio a las hijas o hijos para herir, manipular y controlar a la madre generando un daño psicoemocional a ella y a sus hijas e hijos.

 

En ese sentido, una modalidad es sustraer a las hijas o hijos se pretende perpetuar la tortura y romper el vínculo materno filial. Antes, durante y después de la sustracción existe una manipulación psicológica constante de parte del agresor hacia sus hijas e hijos, en contra de su madre.

 

La propuesta establece que, comete el delito de violencia vicaria quien a través del ejercicio del poder en contra de su pareja o ex pareja tiene el objetivo de generar daño en contra ella a través de la violencia en contra sus hijos e hijas.

 

Este delito se sancionará con una pena de uno a cuatro años de prisión y sanción pecuniaria de cien a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

 

Si quien ejerza el servicio público entorpece los procedimientos públicos a favor del perpetrador hasta el punto de ejecutar la violencia vicaria, la sanción se dará en los mismos términos.

 

La propuesta fue turnada a las comisiones de Justicia, Derechos Humanos, Igualdad y Género para su análisis y posteriormente ser enviada al Pleno del Congreso del Estado para su discusión y en su caso ser votada.