Viernes 29 de Noviembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 13:15,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Aprobada Comisión de Igualdad de Género del Congreso del Estado.

 

 

Con el objetivo de que el Poder Legislativo cuente con unacomisión permanente de dictamen legislativo que resuelva las propuestas de reforma normativa en materia de igualdad sustantiva, y emita opiniones en coherencia con la perspectiva de género que deben atender todas las reformas legales, en Sesión Ordinaria por unanimidad de 24 votos a favor, se aprobó la creación de la Comisión de Igualdad de Género del Congreso del Estado.

 

Con ello, se materializa un auténtico ejercicio de los derechos de la mujer, ante una comisión específica al interior del Poder Legislativo que conozca y atienda estas preocupaciones y problemas públicos como prioridad y vistos desde un punto de vista de empatía y sororidad.

 

Se indica que será competencia de la Comisión de Igualdad de Género, la atención, análisis, discusión y, en su caso, dictamen o resolución de los siguientes asuntos: elaborar y analizar propuestas legislativas que garanticen la realización de los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las mujeres, con el acompañamiento de asociaciones, organizaciones y grupos de mujeres, centros de investigación y todas las que defienden los derechos ellas.

 

Construir un espacio de diálogo directo con las asociaciones, organizaciones, y grupos de mujeres para conocer con inmediatez, sus problemas, demandas y necesidades; realizar mesas de trabajo, conferencias, y foros de consulta sobre aquellos tópicos que consideren necesarios para la atención de los derechos de las mujeres en el Estado; establecer la protección legal de los derechos de la mujer, a través de la norma jurídica; crear, integrar y actualizar permanentemente un banco de información jurídica, económica, política y social de perspectiva de género; para fundamentar la toma de decisiones en esa materia, de las y los diputados y de las comisiones del Congreso, con la coadyuvancia de la Unidad de Género, y del Instituto de Investigaciones Legislativas.

 

Además, realizar estudios de derecho comparado con perspectiva de género que sirvan a las y los diputados para actualizar la legislación estatal y municipal, con la coadyuvancia de la Unidad de Género, y del Instituto de Investigaciones Legislativas; coadyuvar a las tareas legislativas elaborando estudios e investigaciones, el impacto diferencial de género en los aspectos económicos, políticos, sociales, culturales, ambientales e indígenas de los derechos humanos de las mujeres, con la coadyuvancia de la Unidad de Género, y del Instituto de Investigaciones Legislativas.

 

Fomentar el intercambio de conocimientos legislativos en materia de los derechos de la mujer con otros congresos de las diferentes entidades federativas, y de la Ciudad de México, mediante convenios de colaboración; emitir la convocatoria y organizar el Parlamento de las Mujeres del Estado de San Luis Potosí, que se realizará anualmente y que deberá garantizar la representación de las mujeres integrantes de pueblos o comunidades indígenas, así como con discapacidad, y los análogos a los anteriores que, a juicio de quien presida la Directiva en los periodos ordinarios; o la Diputación Permanente, en los recesos del Congreso, sean materia del análisis de esta Comisión.

 

El decreto aprobado reforma los artículos, 98 en su fracción V, y 103 en su párrafo primero; y adiciona, al artículo 98 una fracción, está como XIII, por lo que actuales XIII a XXI pasan a ser fracciones XIV a XXII, y el artículo 110 BIS de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí. Reforma el artículo 3° en su fracción XII; y adiciona al mismo artículo 3° tres fracciones, éstas como XIII, XIV, y XV, por lo que actual XIII pasa a ser fracción XVI del Reglamento Interior del Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso del Estado.

 

Otros dictámenes.

 

Se aprobó por unanimidad de 25 votos a favor, la reforma al artículo 183 en su párrafo primero del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para que en el delito de corrupción de menores, se especifique respecto a las acciones de, inducir, procurar, facilitar u obligar a persona menor de dieciocho años de edad; a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho; o personas que no tengan capacidad para resistirlo, a consumir sustancias tóxicas, agregando además, los estupefacientes y psicotrópicos, definidos en la Ley General de Salud, materias primas, y aditivos, así como substancias que producen efectos psicotrópicos, aun y cuando no se ajusten al control que dispone la autoridad sanitaria, pues ello da pauta a que se adecue al uso de cualquier substancia con esos efectos, que desafortunadamente cada vez son nuevas y diferentes.

 

Se aprobó por mayoría de 23 votos a favor, 1 abstención y 1 voto en contra, el Decreto que deroga en la Parte Especial en el Título Segundo el capítulo IV “Desaparición Forzada de Personas” y sus artículos, 157, 157 BIS, 157 TER, 157 QUÁTER, 158, 158 BIS, y 158 TER del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en acatamiento a lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la acción de inconstitucionalidad 36/2018 y su acumulada 39/2018 promovidas por la Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que declara la inconstitucionalidad de los artículos, 157, 157 BIS, 157 TER, 157 QUÁTER, 158, 158 BIS y 158 TER del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, publicado en el Decreto Legislativo número 882, en Periódico Oficial del Estado de diecisiete de febrero de dos mil dieciocho.

 

En este, se señala que el Congreso del Estado de San Luis Potosí invadió la competencia del Congreso de la Unión al regular los tipos penales y sanciones en materia de desaparición forzada de personas, ya que a partir de la entrada en vigor de la reforma de once de julio de dos mil quince al texto constitucional, las legislaturas de los estados se encuentran impedidas para emitir disposiciones inherentes a los tipos penales y sanciones en materia de desaparición forzada de personas, quedando dicha facultad reservada de manera exclusiva al Congreso de la Unión.

 

Se aprobó por unanimidad de 25 votos a favor, lareforma los artículos, 4° en su fracciones, XL, y XLI, y 9° en su fracción XIX; y adiciona a los artículos, 4° la fracción XLII, y 9° una fracción, ésta como XX, por lo que actual XX pasa a ser fracción XXI de la Ley de Turismo del Estado de San Luis Potosí, para incorporar la creación de la Policía turística, entendida como aquellos elementos que desempeñan tareas de proximidad social y vigilancia, en aras de prevención del delito, asistencia y apoyo al turista en caso de hechos delictivos, mismos que deberán portar un distintivo que los identifique para esos efectos.

 

Se indica en su exposición de motivos, que entre sus objetivos, se encontrará el inhibir los delitos que se susciten en sitios turísticos; atención y seguimiento a las turistas en caso de robo o extravió de pertenencias; puntual seguimiento a la señalética y respeto a las normas, monumentos turísticos y parajes naturales, así como al medio ambiente; coordinación y apoyo con el sector hotelero y restaurantero; y, auxiliar y coadyuvar con las distintas corporaciones en materia de seguridad; proximidad y empatía con el turismo nacional y extranjero.

 

Agrega que esta propuesta, ya existe en diversos estados de la República, como Toluca en el Estado de México, Querétaro que abarca los municipios de la zona centro y la ruta del queso y del vino, Guanajuato en los municipios como San Miguel de Allende, Comonfort, Dolores Hidalgo, Mineral de Pozos, y la Ciudad de México en más de tres alcaldías.

 

Por lo que, los municipios de nuestro Estado deben contar con la Policía Turística, no sólo por el crecimiento turístico en el Estado que es de 11.7 % al año, casi el doble del promedio nacional, sino además por poseer patrimonio turístico que debe ser conservado y protegido para el disfrute de las presentes y futuras generaciones en términos de la Ley de Turismo del Estado.

 

Se aprobó por unanimidad de 25 votos a favor, la reforma los artículos, 17 en su párrafo décimo segundo, 18, y 22 en su párrafo segundo de la Ley de Bebidas Alcohólicas del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de actualizar los ordenamientos a que se hace referencia, en la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí; el Código Procesal Administrativo para el Estado de San Luis Potosí, y la Ley del Notariado para el Estado.

 

 

Puntos de Acuerdo

 

Se aprobó por unanimidad de 25 votos a favor, el Punto de Acuerdo por el que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado exhorta al Ejecutivo Local, evaluar estado equipo de medición de la calidad del aire con que cuenta la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental, y considerar su actualización para contar con mediciones certeras que fundamenten las decisiones en materia ambiental y de salud pública.

 

Se aprobó por unanimidad de 24 votos a favor, que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado exhorta al titular de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, para que adopte las medidas necesarias a fin de dar a conocer con la periodicidad y especificaciones técnicas contenidas en la NOM-172- SEMARNAT-2019, los resultados de la verificación de calidad del aire.

 

Asimismo, se lleven a cabo las acciones para que la APP denominada “Aire SLP” sea un medio alternativo y visible en todos los sistemas operativos de teléfonos móviles, a su página institucional para conocer los datos de calidad del aire.

 

Comisiones Especiales.

 

Por mayoría de 23 votos a favor, y 2 en contra, se aprobó la conformación de las comisiones especiales de: Atención a Periodistas; y Pensiones del Grupo Cotizador del Subsistema de Telesecundarias.

 

La Comisión Especial de Atención a Periodistas se integra por el diputado Eloy Franklin Sarabia como presidente; la diputada Yolanda Josefina Cepeda Echavarría como vicepresidenta; la diputada Emma Idalia Saldaña Guerrero como secretaria; y como vocales, el diputado Salvador Isais Rodríguez, la diputada Liliana Guadalupe Flores Almazán, la diputada María Claudia Tristán Alvarado, y la diputada Ma. Elena Ramírez Ramírez como vocales.

 

La Comisión Especial de Pensiones del Grupo Cotizador del Subsistema de Telesecundarias está integrada por: la diputada María Claudia Tristán Alvarado como presidenta; el diputado Edmundo Azael Torrescano Medina como vicepresidente; el diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno como secretario; y como vocales, el diputado Roberto Ulises Mendoza Padrón, la diputada Emma Idalia Saldaña Guerrero, la diputada Ma. Elena Ramírez Ramírez, y el diputado Juan Francisco Aguilar Hernández.

 

En Asuntos Generales, participaron el diputado Mauricio Ramírez Konishi, y la diputada Lidia Nallely Vargas Hernández, sobre diversos temas.

 

A las comisiones legislativas fue turnada la correspondencia enviada por el propio Poder Legislativo; los entes autónomos; ayuntamientos y organismo paramunicipal; y ente autónomo; así como las iniciativas planteadas por las y los integrantes de la LXIII Legislatura e integrantes del cabildo del municipio de San Luis Potosí.

 

Se presentaron Discursos alusivos a: el Día del Estudiante, el 23 de mayo, por la diputada Nadia Ochoa Limón; el Día del Contador, el 25 de mayo, por el diputado Cuauhtli Badillo Moreno; y con motivo de Aniversario de muerte de Leonora Carrington, artista del movimiento surrealista, 2011 el 25 mayo, por el diputado Mauricio Ramírez Konishi.

 

Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria el próximo jueves 3 de junio del 2022, a las 10:00 horas presencial, en el salón “Ponciano Arriaga Leija”, de Jardín Hidalgo 19.