Exhorto a CEA y COEPRIS para revisar sanidad de pipas de agua.
A propuesta de la diputada Cecilia Senllace Ochoa Limón, el pleno del Congreso del Estado aprobó el Punto de Acuerdo por el que la LXIII legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí exhorta respetuosamente a la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios; y a la Comisión Estatal del Agua, para que verifiquen que las cisternas de los vehículos para el transporte y distribución de agua para uso y consumo humano cumplan con las Normas Sanitarias vigentes y aplicables.
En la exposición de motivos, se indica que en el constante uso de vehículos cisterna conocidos como “pipas”, en la distribución de agua potable, es importante se verifique que cumplan con las Nomas Oficiales de la materia, en virtud de que en ellas se regula el que sus paredes internas y rompeolas, deben estar revestidos con material resistente a la oxidación y corrosión; y que se use exclusivamente para el transporte de agua de consumo humano, entre otros requerimientos.
Señala que derivado de la suspensión del suministro de agua por parte de la presa “El Realito”, por las múltiples fallas que presento en su operación para el abastecimiento de agua para las colonias, INTERAPAS estableció un programa de abastecimiento a través de pipas de agua, además de las que prestan servicio particular a la población.
Indica que la Norma Oficial Mexicana NOM-230-SSA1-2002, enlista una serie de requisitos sanitarios que debe cumplir la cisterna de una Pipa de agua, entre ellos: el contar con válvula o dispositivo de salida de cierre hermético en el fondo; dispositivo del registro para la ventilación de la cisterna, no debe permitir derrames de agua o introducción de material extraño; para la distribución del agua, la cisterna debe contar con válvula de salida de cierre hermético y manguera de distribución flexible y la manguera de distribución debe encontrarse en buenas condiciones, sin presentar fugas, evitándose en todo momento el contacto de sus extremos con el piso, entre otras.
Agrega que la Comisión Estatal del Agua cuenta con atribuciones para revisar a los particulares que lleven a cabo el trasporte y venta de agua a través de cisternas en vehículos.
De igual forma la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios como auxiliar de funciones de salud a cargo del Gobierno del Estado, debe verificar que el abastecimiento de agua potable se dé en condiciones óptimas para la salud de la población.