Lunes 25 de Noviembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 01:28,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Exhorto a organismos operadores de agua garantizar apoyos a grupos vulnerables.

La diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas, impulsa un Punto de Acuerdo para exhortar a los ayuntamientos que prestan directamente a la población el servicio público de agua potable y a los organismos operadores de agua, para que implementen reglas y mecanismos que garanticen a todas las persona con discapacidad, personas adultas mayores y madres solteras que asuman en su totalidad el sustento económico de su hogar, para que tengan acceso a estímulos fiscales que establecen las leyes de ingresos, así como de cuotas y tarifas de agua.

 

Informó que durante recorridos y reuniones con la ciudadanía, les han planteado que personas con discapacidad, personas adultas mayores, y mujeres solteras madres de familia, se enfrentan a obstáculos para acceder a los estímulos fiscales que las leyes de ingresos o las leyes de cuotas y tarifas de los ayuntamientos y de los organismos operadores de agua, establecen respecto al pago de la prestación del servicio de agua potable.

 

“Estos importantes grupos de la población han afirmado que debido a que la casa habitación en la que residen regularmente la ocupan a la luz de un contrato de arrendamiento, se encuentran imposibilitados a presentar ante la autoridad prestadora del servicio del agua, un comprobante de domicilio que se encuentre a su nombre y que además corresponda y coincida con el mismo domicilio en el que se recibe la prestación del servicio de agua, por lo que los beneficios y descuentos económicos solo son efectivos para las personas propietarias de los bienes inmuebles”, explicó.

 

Con motivo del artículo 171 Bis, de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, que dispone que los ayuntamientos y los organismos operadores de agua, establecerán anualmente estímulos fiscales, hasta por el 50 por ciento de los derechos causados, en beneficio de las personas con discapacidad; de las personas adultas mayores; y de las mujeres que siendo madres solteras asuman en su totalidad el sustento económico de su hogar, así como el de sus hijas e hijos menores de edad, y que se encuentren en estado de desventaja social.

 

“Desgraciadamente existe un sinnúmero de personas con discapacidad, adultas mayores, y mujeres madres solteras, que no han tenido ni tendrán la oportunidad de acceder a los estos estímulos fiscales en el pago del servicio de agua, en razón de los requisitos que los ayuntamientos y organismos operadores de agua han establecido para el cumplimiento por parte de los usuarios, mismos que en la mayoría de los casos, existe imposibilidad a cumplir por ser arrendadores y no propietarios de los inmuebles en los que residen”, señaló.

 

Esta problemática se presenta porque muchos de los ayuntamientos y organismos operadores de agua establecieron en sus leyes de ingresos, así como en sus leyes de cuotas y tarifas, como requisitos para acceder a los referidos beneficios, los de presentar identificación con fotografía, así como comprobante de domicilio a su nombre, los que deben coincidir con el domicilio que se pretenda dar de alta para hacerse acreedor al descuento, e incluso se les solicita que el mismo recibo de agua se encuentre a nombre del beneficiario.

 

Por ello, se impulsa este Punto de Acuerdo para exhortar a los ayuntamientos y organismos operadores de agua potable para que implementen mecanismos que les garantice a este grupo de población acceder a los estímulos fiscales.