Martes 13 de Agosto 2024 San Luis Potosi, Hora Local 09:56,

LXIII LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Propuesta busca condonar adeudos en tenencia vehicular estatal

El diputado Gerardo Serrano Gaviño aclaró que la iniciativa que presentó para reformar la Ley de Hacienda del Estado de San Luis Potosí tiene como objetivo condonar el pago del impuesto de la tenencia vehicular estatal y en ningún momento propone condonar otro impuesto estatal.

Explicó que el Impuesto sobre la Tenencia Vehicular dejó de ser un impuesto federal en el año 2012, por ello, de aprobarse no transgrediría en ningún momento ninguna facultad de la Federación.

“Esta iniciativa fue concebida con el fin de apoyar a las personas que por sus condiciones económicas no han podido cumplir con el pago de dicho impuesto; además, este programa generaría una serie de ventajas como aumentar el padrón vehicular en el Estado de San Luis Potosí, sobre los vehículos que circulan y que sus propietarios residen aquí”.

El legislador recordó que la tenencia vehicular dejó de ser un gravamen federal en el año 2012, y su propuesta de reforma no influye sobre impuestos federales, dado que las tenencias anteriores al año 2012 actualmente se encuentran caducadas, de conformidad con el artículo 67 del Código Fiscal de la Federación que señala: Las facultades de las autoridades fiscales para determinar las contribuciones o aprovechamientos omitidos y sus accesorios, así como imponer sanciones por infracciones a las disposiciones fiscales, se extinguen en el plazo de cinco años.

Ello significa que las tenencias adeudadas por los particulares, respecto a ejercicios anteriores al 2012, legalmente no pueden ser cobradas por la autoridad fiscal, dado que han caducado.

Serrano Gaviño indicó que es respetuoso de las opiniones generadas por esta iniciativa de reforma que presentó, sin embargo, recordó que el Congreso del Estado es el Poder facultado para decidir si reforma o no la Ley de Hacienda del Estado de San Luis Potosí para condonar el pago del impuesto de la tenencia vehicular estatal de los ejercicios 2012 al 2014.

Con esta reforma, que de aprobarse no transgrediría en ningún momento ninguna facultad de la Federación, establecería en la legislación local que la derogación del impuesto estatal sobre tenencia, sólo eximirá del cumplimiento de pago de las obligaciones fiscales de ejercicios anteriores respecto de la contribución derogada, únicamente cuando los sujetos obligados se encuentren al corriente del pago de los derechos de control vehicular correspondientes hasta ejercicio fiscal 2017.